Es evidente que las recientes y numerosas novedades de carácter legal o reglamentario trasladan a los departamentos legales y de administración de personal de las empresas, y a las asesorías laborales con atención al área de gestión laboral, una serie de obligaciones que incrementan notablemente su actividad cotidiana. Es necesario, por tanto, conocer al detalle las novedades legislativas en materia laboral que ya han sido publicadas en el BOE en el presente año 2023, así como aquellas otras publicadas en diciembre de 2022 con proyección en el presente ejercicio.
En este sentido, y en el orden cronológico de su publicación, podemos hacer referencia a las siguientes novedades legislativas en materia laboral del año 2023:
Reglamento general sobre inscripción de empresas, afiliación, altas y bajas, y variaciones de datos:
Al respecto, con vigor del 1 de enero de 2023, el citado Reglamento se ha visto modificado de forma que para cursar las altas en el sistema de la Seguridad Social de los trabajadores por cuenta ajena, los datos requeridos se amplían notablemente y, por tanto, los usuarios del sistema debe adaptar sus protocolos de comunicación a la Seguridad Social a los términos requeridos. En este sentido, cabe señalar que pese a su fecha de entrada en vigor, lo cierto es que en el momento de escribir esta entrada en nuestro Blog, todavía no se ha producido el cambio que este Reglamento determina, muy probablemente por la falta de adaptación de los programas y aplicaciones informáticas necesarios para tal fin, cuestión que corresponde a la Tesorería General de la Seguridad Social.
Presupuestos Generales del Estado
El día 9 de enero de 2023 publicamos una entrada específica que contiene un resumen de las cuestiones laborales incluidas en los Presupuestos Generales del Estado para 2023 (https://agyag.es/uncategorized/cuestiones-laborales-incluidas-en-los-presupuestos-generales-del-estado-para-2023/), si bien, cabe señalar que en materia de cotizaciones a la Seguridad Social, deberá estarse a una próxima Orden Ministerial que desarrolle esta materia y que con toda seguridad se publicará antes de que finalice el presente mes de enero.
Gestión de procesos de IT
Entre las novedades legislativas en materia laboral del año 2023, debe tenerse también en cuenta el profundo cambio producido en cuanto a la gestión de los procesos de incapacidad temporal, ya que desde el día 1 de abril de 2023, el facultativo que atienda al paciente será el encargado de remitir el parte de baja por IT, continuidad de tratamiento, o parte de alta, al sistema de la Seguridad Social, para que esta seguidamente requiera de las empresas una serie de datos, fundamentalmente económicos en cuanto a las bases de cotización. A continuación, las empresas deberán remitir esta información inmediatamente al citado sistema.
Esta nueva práctica presenta a nuestro juicio ciertos inconvenientes derivados de la sustitución de la obligación de la persona trabajadora de trasladar a la empresa el parte de baja de IT, y sustituirse por la remisión del facultativo directamente a la Seguridad Social, para que esta seguidamente se lo comunique a la empresa o al autorizado en el sistema RED (asesoría laboral). Obsérvese que las empresas pueden desconocer los motivos de inasistencia al trabajo de sus trabajadores hasta que se les comunique a través del nuevo sistema establecido.
Incentivos a la contratación laboral
El BOE de 11 de enero de 2023 ha publicado el Real Decreto-Ley 1/2023 referido a los incentivos a la contratación laboral, tanto por tiempo indefinido, como temporal, el cual entrará en vigor con carácter general el día 1 de septiembre de 2023. Las empresas dispondrán de un amplio margen para programar su política de contratación y/o transformación de contratos, conociendo de antemano las nuevas modalidades con aplicación de incentivos o bonificaciones en las cuotas a la Seguridad Social.
Cabe señalar lo exhaustivo de la citada norma, y la complejidad en su aplicación, lo que quizá ha sido motivo de que su entrada en vigor se retrase hasta septiembre de este año. Hay que tener en cuenta además que por parte del SEPE será necesario elaborar determinados modelos de contratos de trabajo para colectivos específicos, lo que determinará a su vez una reestructuración de las claves de dichos contratos.
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